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Las aseguradoras ahondan en las acciones de jactancia para que los perjudicados ejerciten su derecho o desistan

revsita rc enero24Se ha publicado ya el primero número de 2024 de Revista RC, en el que se incluye el artículo doctrinal, elaborado por Guillermo Escobar, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Alcalá, titulado: ‘El traslado tenía dos precios (derechos fundamentales y responsabilidad patrimonial en la STC 78/2023)’.

En este trabajo, el autor sostiene que el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia al aborto por parte de la totalidad de los ginecólogos de la sanidad pública de determinadas Comunidades Autónomas obliga a que las mujeres residentes en ellas deban trasladarse a otra Comunidad. Estos traslados están previstos en la ley, pero sin embargo el Tribunal Constitucional los considera una violación del derecho fundamental a la integridad de las solicitantes, que la Administración sanitaria autonómica debe indemnizar. Para llegar a esa conclusión, se destaca, el Tribunal comete falacias argumentativas evidentes, llegando incluso a retorcer el significado mismo de los derechos fundamentales, invadiendo de paso el campo de la jurisdicción ordinaria. A cambio, nos recuerda que contamos con una vía importante para lograr garantizar los derechos fundamentales frente a las acciones y omisiones de la Administración.

Entre otros contenidos, además, en la sección Estudio Crítico se comenta una sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2023, sobre la aplicación del criterio de «contenido natural del contrato» o «tipicidad» para el establecimiento del carácter delimitativo de la cláusula que establece la edad actuarial del asegurado como elemento de determinación del alcance temporal de las coberturas suscritas.

Junto a las comentarios de las sentencias más destacadas del Tribunal Supremo, en jurisprudencia en materia de seguros y del Derecho de la Circulación, la Carta del Director abordar la sentencia de la Audiencia Provincial de Cartagena, de 28 de febrero de 2023, haciendo un análisis de la acción de jactancia en los accidentes de circulación. En tal sentido, se indica que las entidades aseguradoras, en los últimos años, están interponiendo acciones de jactancia contra los perjudicados, para instarles a que ejerciten su derecho o desistan del mismo. En definitiva, lo que pretenden es que el demandado trate de promover su pretensión dentro de un breve término o que pierda el derecho a accionar que pretenda tener contra el actor o demandante, mediante la guarda de silencio sobre el particular.

Conoce todos los contenidos de este número de enero de 2024 de Revista RC.

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