Con la intervención de Andrés Martinez, director del Área Legal y Compliance de DUAL IBÉRICA, comenzó ayer la segunda jornada del XX Congreso de Responsabilidad Civil y Seguro, analizando el nuevo reglamento de protección de datos y su impacto en el seguro.
De entrada, dejó claro que no es materia 100% de RC, sino que confluyen seguros de daños propios, pérdida de beneficios, pólizas de ciberriesgos y cobertura de sanciones. Reiteró la importancia de una correcta gerencia de riesgos en la empresa. Se trata, dijo, de una responsabilidad proactiva en la que la gestión interna y externa del compliance es fundamental.
El Congreso, que organizan INESE y el Colegio de Abogados de Madrid, con el patrocinio de Bufete Albanés & Asociados, Blecua Legal, DUAL, Hispacolex Bufete Jurídico, JB Asesores, Muñoz Arribas Asociados y Jiménez Muñiz, continuó con Abel Veiga, doctor en Derecho Mercantil y Seguro y profesor de ICADE, que abordó el tema de la causa del contrato de seguro (el riesgo) siendo el interés el objeto. Comentó que no existe en la LCS un concepto de interés. Se habla de cuáles son las consecuencias si no hay interés y que no debe confundirse con el principio indemnizatorio. El Art. 73 de la LCS habla del interés ”…civilmente responsable” “…conforme a Derecho”. Sin interés no hay seguro, es un seguro preventivo y no reparador, no puede haber responsabilidad ilimitada, indeterminada, pero si determinable.
No hay dificultad para colocar el riesgo del seguro obligatorio de los drones
Sobre la RC de los mediadores habló Oscar Bustos, gerente de la AGRUPACIÓN DEL CONVENIO DE RC CORREDORES AIE. Resaltó la importancia del cuestionario, la recogida de datos para el análisis de riesgo, actividades y trasladarlo al asegurador para después examinar las ofertas y presentar al asegurado la más adecuada. El siniestro del corredor es un tema delicado puesto que pone en entredicho la profesionalidad del corredor. En la agrupación se gestionan unos 150 siniestros al año.
La responsabilidad de drones y su aseguramiento fue tratado por Álvaro Satrústegui, presidente y CEO de EXSEL UNDERWRIING, quien destacó la abundante legislación ya existente sobre la temática y pasó a exponer las responsabilidades y requisitos para el manejo de los drones. Remarcó que no existe dificultad en el mercado para colocar el riesgo del seguro obligatorio, incluido el riesgo de interferencias y protección de datos; tampoco la RC profesional del piloto. Otra cosa distinta es la Responsabilidad Civil de diseñadores y fabricantes, que en España existen 29 y 21, respectivamente.
Nuevas reglas para la responsabilidad mediambiental a partir de finales de octubre
Se cerró la jornada con el análisis de la responsabilidad mediambiental y la garantía financiera. Ana García Barona, responsable del Área de Regulación de la DGSFP, entró en el análisis de las disposiciones legales que serán de próxima aplicación en relación a las garantías financieras y que son: el seguro, aval o reserva técnica ad hoc. Previamente, dejó claro que se trata de una Responsabilidad Administrativa y no de Responsabilidad Civil, que es ilimitada para el causante, pero que la garantía financiera tendrá un límite temporal: la duración de la póliza más tres años y, posteriormente, responderá el fondo del Consorcio, hasta su límite, durante los 27 años siguientes después del tercero. El fondo responde mientras existan recursos para hacer frente a los daños. Todo ello se pondrá en marcha el 30 de octubre próximo.

La garantía financiera debe ser constituida por los operadores mencionados en el Anexo II de la Directiva y no se aplicará a un fin distinto. Para los primeros 300.000 euros no es necesario constituir garantía financiera que reparará los daños causados al agua y el suelo, pero no el aire. El límite se ha establecido en 20 millones, pero el operador es libre de contratar uno más alto. Se constituye, por tanto, para daños de manifestación diferida. Recalcó la importancia de la obligación de conservar la información es de la compañía.
Por su parte José Luis Heras, director gerente del POOL DE RIESGOS MEDIOAMBIENTALES expuso la importancia del análisis del riesgo que deben hacer los operadores que servirá de base para la contratación.