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'Producto de la Semana'

LibertyPIAS Flexible

LIBERTY SEGUROS ha lanzado ‘LibertyPIAS Flexible’, un producto que presenta como una opción garantizada de inversión que ofrece la posibilidad de invertir en renta variable mediante cinco cestas de fondos, así como realizar cambios entre las distintas modalidades de inversión.

Por Segurdoc - 06/02/2012

LibertyPIAS Flexible

NOMBRE DEL PRODUCTO:
LibertyPIAS Flexible
NOMBRE DE LA ENTIDAD RESPONSABLE: Liberty Seguros
TIPO DE PRODUCTO: Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS)
FECHA DE LANZAMIENTO:
Noviembre de 2011
OBSERVACIONES:

LIBERTY SEGUROS ha lanzado ‘LibertyPIAS Flexible’, un producto que presenta como una opción garantizada de inversión que ofrece la posibilidad de invertir en renta variable mediante cinco cestas de fondos, así como realizar cambios entre las distintas modalidades de inversión.

La opción garantizada de ‘LibertyPIAS Flexible’ asegura un interés técnico del 4% durante los 6 primeros meses, un 3% para el siguiente semestre y un 2% mínimo para toda la vida de la póliza. Además, los suscriptores que opten por invertir sus ahorros en renta variable disponen de cinco cestas de fondos de inversión adaptadas a cada perfil de inversor: Bolsa Internacional, Dinámica, Equilibrada, Conservadora y Tesorería.

Otra de las ventajas de la nueva oferta son los bonos de permanencia y fidelidad, que permiten incrementar el saldo cuanto más tiempo se permanezca ahorrando.

El producto permite ahorrar para el futuro y completar las prestaciones públicas con ventajas fiscales si se transforma en forma de renta. No existe retención fiscal anual, ni obligación de declarar los rendimientos durante el periodo de generación, quedando exentos si se cobran en forma de renta vitalicia. Además, sólo una parte de los importes de renta percibidos tributarán como rendimiento de capital mobiliario.

Asimismo, dispone de “máxima” liquidez, puesto que permite rescates parciales o totales sin penalización alguna a partir de un año (si bien se pierden las ventajas fiscales por la parte rescatada).

 

Ventajas del producto

- Flexibilidad: el cliente puede variar sus aportaciones en cualquier momento o incluso si lo necesita suspenderlas.

- Rentabilidad: con las primas que se paguen por esta póliza (netas de gastos), el asegurador constituirá un Fondo de Ahorro para su adscripción a una cesta garantizada o a una cesta de inversión.

- Liquidez: se permite la transformación de un seguro de vida en un PIAS si tiene una antigüedad de 10 años y las aportaciones anuales no superan los límites citados. Se permite rescatar el fondo una vez se haya pagado la primera anualidad completa.

 

GARANTÍAS

El plan cubre las siguientes contingencias:

- Supervivencia
Fondo acumulado en la póliza. Para aprovechar las ventajas fiscales se debe cobrar en forma de renta vitalicia.

- Fallecimiento del asegurado
En caso de fallecimiento del asegurado, siempre que la póliza esté en vigor, el asegurador pagará al beneficiario el importe del fondo acumulado en la póliza, en el momento de ocurrencia del siniestro, más un importe de 1.000 euros como capital adicional de fallecimiento.

 

NORMAS DE SUSCRIPCIÓN

Primas - Modalidad prima periódica

Forma de pago:
- Mensual, trimestral, semestral, anual sin recargo por fraccionamiento.
- Constante o crecimiento geométrico al 3% o al 5%.

Modificación de la prima
- Incrementos: en cualquier momento.
- Disminuciones: una vez transcurrida la primera anualidad.
- Importe máximo: el 25% de la prima periódica (durante 2ª, 3ª y 4ª anualidad) y el 50% de la prima periódica (durante 5ª anualidad y siguientes).

Suspensión en el pago de primas
- Una vez pagados los recibos correspondientes a la primera anualidad se puede reducir la póliza.
- Se modifica el importe de los valores de fondo de ahorro garantizados.

Límites
- Aportación mínima anual: 720 euros.
- Aportación máxima anual: 6.000 euros.
- Aportación mínima por recibo: 60 euros.

Primas - Modalidad prima única

Límites
- Aportación mínima: 3.000 euros.

En ambas modalidades se permiten aportaciones extraordinarias en forma de primas únicas, siendo la cuantía mínima de 300 euros.

 

Edad del asegurado/tomador/ beneficiario

Límites
- Edad mínima de contratación: 18 años.
- Edad máxima de contratación: 65 años.

Duración del contrato
Se trata de un seguro vida entera.

 

Gastos

Gastos sobre aportaciones

Modalidad prima periódica:
- Modalidad Estándar: 3% sobre primas periódicas y aportaciones extraordinarias.
- Modalidad Básica: 1,5% sobre primas periódicas y aportaciones extraordinarias.

Modalidad prima única
- Modalidad Estándar: 2% sobre primas periódicas y aportaciones extraordinarias.
- Modalidad Básica: 1% sobre primas periódicas y aportaciones extraordinarias.

Gastos de mantenimiento
- Gastos variables: 0,09% sobre el saldo liquidable mensualmente para todas las modalidades.
- Gasto fijo: 3 euros/mes para las modalidades de prima periódica.

Opciones de inversión

Cesta de inversión garantizada
- El tipo de interés mínimo garantizado será el 3% durante el primer año y el 2% el resto de años.
- Durante los seis primeros meses la póliza disfrutará de un tipo de interés garantizado por encima del mínimo (que se establece en función de las inversiones de cada semestre natural).

Cestas de inversión no garantizada
- Cesta tesorería o conservadora: mayoría de la inversión en renta fija y tesorería con pequeña proporción en renta variable.
- Cesta equilibrada: equilibrio entre renta fija y renta variable con pequeña proporción de tesorería.
- Cesta dinámica: mayoría en renta variable.
- Cesta bolsa internacional: inversión en mercados internacionales.

 

Público objetivo

- Pequeño o mediano ahorrador que desee un seguro flexible, rentable, con liquidez inmediata y con ventajas fiscales en el momento de su cobro siempre y cuando se cumplan los requisitos fiscales que se establecen.

- Personas que deseen complementar las pensiones del Estado con el fin de mantener su nivel de vida tras la jubilación.


Ventajas fiscales

Según la ley vigente de IRPF, siempre que se cumpla:

1. Tomador, asegurado y beneficiario en caso de vida sean la misma persona.

2. Que la prestación se cobre en forma de renta vitalicia una vez transcurridos al menos 10 años desde el pago de la primera prima.

3. Que las aportaciones anuales que el tomador realice a este tipo de contratos, no superen los 8.000 euros anualmente y los 240.000 euros en total. Este límite es independiente.

Las ventajas fiscales son:

- Durante la inversión no existe retención fiscal anual ni obligación de declarar los rendimientos.

- En el momento en que, con el importe del fondo acumulado, se constituya la renta vitalicia, sólo una parte de los importes percibidos tributarán como un Rendimiento de Capital Mobiliario. La parte de renta sometida a tributación varía entre el 40% y 8%, en función de la edad del tomador en el momento de empezar a percibirla. En el mejor de los casos, y según el tipo de gravamen actualmente en vigor esto supone una tributación efectiva de sólo el 1,52% del importe bruto de la renta.

 

Más información de este producto

Para acceder al condicionado del producto, pinche aquí.

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Directorio de Empresas de Seguros