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Competencia inicia expediente sancionador contra MUTUALIDAD GENERAL DE LA ABOGACÍA

La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto un expediente sancionador contra MUTUALIDAD GENERAL DE LA ABOGACÍA por una posible conducta anticompetitiva, que consistiría en la realización de actos encaminados a obstaculizar la entrada de competidores en el sector de servicios de prestación social a los abogados colegiados y sus familias, según ha comunicado el propio organismo público.

CETRAA y FACONAUTO denuncian la supuesta imposición del baremo de Centro Zaragoza a los talleres

CETRAA (Confederación Española de Talleres de Reparación de Automóviles y Afines) y FACONAUTO han interpuesto ante la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de Competencia una denuncia contra las presuntas prácticas prohibidas en materia de defensa de la competencia por parte de Centro Zaragoza (CZ).

Confirmado el archivo de supuestas prácticas prohibidas en la venta de seguros

La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso sobre la Resolución de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), de 29 de mayo de 2009, a través del que se solicitaba la revocación del acuerdo de archivo de la denuncia por realizar supuestas prácticas prohibidas por la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, según ha informado AMAEF. Estas supuestas acciones, detalla la asociación, consistían en subordinar la concesión de préstamos hipotecarios a la suscripción de un seguro de Vida o de amortización de crédito con una aseguradora perteneciente a su mismo grupo empresarial y en utilizar otras vías distintas a la de reclamar a esta aseguradora el pago del seguro al producirse la contingencia asegurada, en detrimento de la eficacia de dicho seguro.

Competencia archiva la denuncia de AGACOSE y ACCA contra varias entidades de crédito

El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha archivado la denuncia presentada por la Asociación Gallega de Corredores y Corredurías de Seguros (AGACOSE) y la Asociación Catalana de Corredores de Seguros (ACCA) contra 32 entidades de crédito, por supuestas conductas prohibidas en los artículos 1 y 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, relativas a la subordinación de la celebración de contratos a la aceptación de prestaciones que no guarden relación con el objeto de tales contratos y a la imposición de condiciones comerciales no equitativas, según dio a conocer ayer AMAEF. Dicha denuncia se fundamentaba en la existencia de una oferta de bonificaciones en los contratos de préstamos, especialmente hipotecarios, a los prestatarios si éstos suscribían seguros con empresas del mismo grupo o con la intermediación de mediadores de seguros integrados en dichas entidades de crédito.

González de Frutos: "No hubo acuerdo de precios y sí fijación de un precio técnico"

La presidenta de UNESPA, Pilar González de Frutos, defendió ayer a las seis compañías sancionadas por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) por una supuesta concertación en los precios del seguro Decenal, y afirmó que “no hubo acuerdo de precios y sí una fijación de un precio técnico”. Además, indicó que era algo que “no se limitaba a ninguna compañía concreta”, sino que estaba abierto a todas aquellas entidades que operaban.

ASECORE cree que no ha habido circunstancias contra la competencia en el seguro Decenal

La Asociación Española de Corredores de Reaseguros (ASECORE) ha expresado el “estupor” que en la asociación ha generado la resolución de sanción de la Comisión Nacional de Competencia contra algunas aseguradoras y reaseguradoras que operan en el Seguro Decenal. “En sus años de experiencia en el mercado español, ASECORE avaló siempre la transparencia y buenas prácticas de todos los operadores del mercado, no existiendo a su entender situaciones o circunstancias anti-competitivas o que pudieran perjudicar a intereses de terceros. Por tanto, ASECORE confía plenamente en que la justicia española revalide pronto este entendimiento”, declara el presidente de la asociación, Jean-François Berte.

El expediente sancionador a las entidades de Seguro Decenal, ya está disponible

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El expediente sancionador S/0037/08 a entidades de Seguro Decenal (ASEFA, MAPFRE EMPRESAS/MAPFRE RE, CASER, SWISS RE, SCOR y MUNICH RE) ya está disponible en la web de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC). Ochenta páginas en las que se relata: cómo se cree que se fraguó el “acuerdo” en 2001; cómo las entidades sancionadas participaron en la “vigilancia” del “cumplimiento de la aplicación de los términos del acuerdo” (con establecimiento de precios mínimos desde 2002); y cuáles fueron las respuestas de los “miembros del cártel ante la no aplicación de los precios mínimos pactados”. El Consejo de la CNC estima que las entidades sancionadas fijaron un “acuerdo colusorio sobre primas de tarifa comercial mínimas uniformes, por cuanto que, aplicadas tales primas, tasas y recargos mínimos a la suma asegurada en cada contrato de seguro directo se obtiene el precio que debe pagar el tomador del seguro”. Y este pacto, a su juicio, “no se puede considerar exento de la prohibición de acuerdos colusorios” establecidos por la Unión Europea. Asimismo, el Consejo niega el argumento de las sancionadas de que “la uniformidad de las guías de tarificación es la consecuencia natural del funcionamiento del mercado del Seguro Decenal de Daños sobre la base de contratos de reaseguro obligatorio proporcional y de su carácter novedoso”. Infracción única, compleja y continuada El Consejo considera que se trata de una “infracción única, compleja y continuada”, iniciada el 1 de enero de 2002 y finalizada el 31 de diciembre de 2007. Sólo en el caso de CASER establece que su participación en el acuerdo de precios mínimo es del 1 de enero de 2006 a 31 de diciembre de 2007. Para fijar las cantidades sancionadoras, el Consejo “ha tomado como base de cálculo de la sanción para las aseguradoras las primas brutas emitidas o contratadas de Seguro Decenal, y para las reaseguradoras las primas brutas aceptadas o devengadas por año de suscripción del contrato de reaseguro”. Dado que considera la conducta como “muy grave”, toma como base de cálculo de la multa “el 10% del volumen de ventas de la empresa en cada ejercicio, medido en primas contratadas/aceptadas y en el mercado afectado, ponderando el periodo de tiempo de infracción atribuido a cada empresa”. Voto particular El consejero Fernando Torremocha emite un voto particular muy contundente en el que discrepa de la multa por “no haberse acreditado las conductas que se imputan a las compañías aseguradoras y reaseguradoras”, porque niega “la existencia de la circunstancia agravante” que se les imputa. En cambio, constata un desconocimiento de “cuáles son las cifras del mercado de las aseguradoras y de las reaseguradoras” y “un desconocimiento absoluto” de cuál ha sido el beneficio ilícito obtenido por las aseguradoras y por las reaseguradoras, “por causa directa de las conductas que se les imputa”. Por todo ello, estima que “la Resolución no está capacitada para imponerles una sanción no ya del incremento de hasta el 10% del volumen de ventas, sino tampoco de hasta la cifra cerrada de 901.518,16 euros [establecida en el Artículo 10 de la Ley 16/1989 de 17 de Julio, de Defensa de la Competencia]”. El papel de AUSBANC En la resolución se informa asimismo que la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (AUSBANC) ha participado en todo el proceso de la CNC. Tras iniciar la investigación de oficio, Competencia recibió, meses después, la petición de esta asociación para ser parte interesada. Las entidades afectadas se han quejado durante el procedimiento de que AUSBANC filtraba a los medios de comunicación, interesadamente, información contenida en el expediente. Aunque el Consejo de la CNC señalaba no tener pruebas de esta filtración, el 20 de julio de 2009 decidió restringir a AUSBANC el acceso al expediente, que a partir de entonces fue limitado.

Seguro Decenal: SCOR también presentará recurso contra la resolución de Competencia

SCOR comunicó ayer, a través del grupo matriz en Francia, que ha decidido, igual que el resto de entidades afectadas, presentar un recurso, ante la jurisdicción española competente, contra la reciente resolución de la Comisión Nacional de la Competencia. “SCOR impugna el fundamento de dicha resolución y, por consiguiente, el principio y el importe de la multa”, se afirma en el citado comunicado del grupo.

Seguro Decenal: SEAIDA cree que Competencia "ha ido más allá de lo adecuado"

La Sección Española de la Asociación Internacional de Derecho de Seguros (SEAIDA) ha expresado su posición de respeto a la sanción que la semana pasada impuso la Comisión Nacional de Competencia (CNC) a varias entidades en relación con el seguro Decenal de Daños a la edificación. “Varios miembros de nuestra asociación opinan que la CNC ha ido más allá de lo adecuado, al no tener en cuenta el trasfondo de una política concreta seguida por ciertas compañías en un momento determinado. Sin querer, se demoniza a un sector que tiene ampliamente reconocida su dedicación a la sociedad”, se recoge en un Boletín Informativo Especial de SEAIDA. Expresa también que “lo que, al parecer, la CNC no tiene en cuenta, entre otros, es que cuando se introduce el seguro Decenal obligatorio en España, nuestro país se caracterizaba por una absoluta falta de experiencias al respecto; en el extranjero se tenían experiencias suficientes para saber cómo evitar que un sector tan conflictivo como el relacionado con los daños a la edificación se arruinara. De ahí la necesidad de fijar unos parámetros iniciales de actuación, basados en datos concretos, que permitieran el empezar a rodar”. “No se trataba pues –continúa la asociación-, de que un grupo empresarial determinado decidiera imponer, sin más, unas condiciones, sino de manejar un incipiente negocio con una cierta perspectiva de viabilidad”. Por último señala que “tal vez determinadas personas individuales se expresaran, por desconocimiento, de manera no acorde a la normativa. Pero la CNC, con su experiencia, debería haber comprobado la necesidad o no de fijar los parámetros adecuados. La absoluta liberalización, que es lo que se parece deducir de la resolución, es lo que ha conducido a la crisis financiera en la que nos encontramos inmersos”. Posibles repercusiones de la sanción Por otra parte, El Confidencial publica hoy que, si finalmente se hace efectiva la sanción de la CNC, podrían ser los futuros asegurados que contraten los seguros Decenales de la Edificación los que pagarán la multa, "ya que según una de las teorías en la que sustenta el seguro, la mutualización de los riesgos y de los gastos, verán incrementados sus seguros en la parte proporcional".

Seguro Decenal: ASEFA rechaza categóricamente la Resolución de Competencia

ASEFA ha manifestado su rechazo “de forma contundente y categórica” de la sanción que se desprende de la Resolución de 12 de noviembre de 2009 de la Comisión Nacional de la Competencia. La aseguradora, además, considera esta decisión “totalmente infundada, tanto en el fondo de los hechos como en los aspectos formales jurídicos y técnicos”. ASEFA anuncia la interposición de Recurso Contencioso-Administrativo ante la Audiencia Nacional y, "cuantos otros sean pertinentes, hasta la obtención de la anulación de esta Resolución absolutamente infundada e injustificada que atenta muy gravemente contra su imagen”.

CASER rechaza y recurrirá la resolución de Competencia

CASER comunicó el viernes que rechaza y recurrirá la resolución dictada por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) en relación con el seguro Decenal de Daños a la edificación. Asimismo quiere dejar constancia de que: “1. CASER no ha participado en ningún supuesto acuerdo de fijación de precios, ni ha contribuido al mantenimiento de situaciones contrarias a la libre competencia, observando una conducta respetuosa con la legislación aplicable al respecto”. “2. El Voto Particular formulado por el vicepresidente de la CNC resulta absolutamente demoledor para los argumentos de la Resolución, negando la existencia de cualquier acuerdo de fijación de precios y la posibilidad de imponer sanciones tan desmesuradas como las propuestas”. “3. Como toda Resolución administrativa, la emitida por la CNC no representa otra cosa que la opinión de ese Organismo y afortunadamente está sujeta a revisión por los Tribunales de Justicia, que tenemos la absoluta confianza procederán a revocarla, aun cuando difícilmente podrán remediar el daño reputacional que se ha originado con esta actuación y con la forma en que se ha trasladado a la opinión pública”.

Competencia multa con 120 millones a seis compañías del seguro Decenal

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La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) dio a conocer ayer la decisión de su Consejo de sancionar a ASEFA, MAPFRE EMPRESAS/MAPFRE RE, CASER, SWISS RE, SCOR y MUNICH RE con multas que en total suman 120,73 millones de euros, “por la realización de un acuerdo de cártel de fijación de precios mínimos en el seguro de Decenal de Daños a la edificación en España durante los años 2002-2007”. El importe de esta multa es el más alto que la CNC ha aplicado a un expediente desde el año 2004, más que duplicando la sanción impuesta ese año a Astel/Telefónica (este expediente supuso una multa de 57 millones). La CNC remarca que este cártel del seguro Decenal ha sido considerado “como una infracción muy grave de las normas de defensa de la competencia, porque además de su larga duración, ha afectado a todo el mercado de un producto que es de contratación obligatoria para los promotores de viviendas, que tienen la posibilidad de trasladar el incremento de este coste al precio final de la vivienda”. La CNC explica que las multas, además de tener “un efecto disuasorio de conductas similares futuras”, deben evitar que el incumplimiento de las normas de competencia “resulte para el infractor más beneficioso que su cumplimiento”. Por ello, el Consejo ha resuelto imponer “multas importantes” a las entidades que participaron en este cártel ahora sancionado, “atendiendo a su distinto grado de participación en la infracción de las normas de competencia”. Así, la multa para ASEFA es de 27,78 millones, de 21,63 millones para MAPFRE EMPRESAS y MAPFRE RE; de 14,24 millones para CASER; de 18,6 millones para SCOR GLOBAL P&C; de 15,86 millones a MUNICH RE; y de 22,64 millones a SWISS RE. Criterios de la CNC En su comunicado, la CNC explica que, a raíz de la aprobación de la Ley de Ordenación de la Edificación en 2002, que introdujo la obligación de contratar el seguro Decenal y, debido al enorme crecimiento que experimentó el sector de la construcción, “el mercado del seguro Decenal se amplió notablemente, alcanzando porcentajes elevados de crecimiento, así como una intensa competencia en precios. En este contexto de demanda creciente, “y con el objeto de evitar la caída del precio del seguro Decenal provocada por la competencia existente entre las compañías de seguro directo, a lo largo del segundo semestre de 2001, las principales aseguradoras (ASEFA y MAPFRE EMPRESAS) y las tres principales reaseguradoras (SCOR, SUIZA y MÜNCHENER) del mercado del seguro Decenal en España se reúnen e intercambian información con el objeto de alcanzar un acuerdo de precios mínimos, que se materializa en un documento de 5 de diciembre de 2001, en el que se fijan los criterios de tarificación del seguro decenal”. Añade la CNC que “se trataba de un acuerdo de precios mínimos que las partes alcanzaron con el objetivo de que fuese aplicado, no sólo por ellas sino por todo el mercado del seguro Decenal”. Para ello, según el expediente sancionador, las reaseguradoras se comprometían a incorporar el pacto de precios mínimos a las guías de tarificación que se anexan a los contratos de reaseguro como contenido de obligado cumplimiento por las aseguradoras. “El resultado fue la total homogeneidad en las primas propuestas por las distintas aseguradoras presentes en el mercado del seguro Decenal en España y la eliminación de la competencia”. Remarca la CNC que “este cártel de precios mínimos se mantuvo vigente durante los años 2002 a 2007, existiendo prueba de que, a partir del año 2006, en el mismo también participó CASER, la tercera aseguradora por cuota de mercado”. Afirma que durante estos años, “las empresas participantes en el cártel vigilaron que el acuerdo de precios mínimos fuese respetado, por ellas y por el resto de las aseguradoras y reaseguradoras que operan en el mercado del seguro decenal y su reaseguro”. Y cuando se detectaban incumplimientos, “eran denunciados a los restantes miembros del cártel, que de forma coordinada ejercían presión sobre la asegurad

Multa de Competencia: MAPFRE “discrepa absolutamente” de la resolución y anuncia que recurrirá

En la tarde de ayer, MAPFRE emitió un comunicado sobre la resolución de la CNC, en el que afirma, en primer lugar que “discrepa absolutamente de la Resolución, tanto porque la infracción imputada es inexistente, como porque la sanción impuesta es desproporcionada y carente de apoyo legal”. Anuncia que alegará todo ello en el recurso correspondiente. Por su interés, a continuación reproducimos el resto del comunicado de MAPFRE: “Hay que destacar el fundado voto discrepante de Don Fernando Torremocha, vicepresidente del Consejo de la Comisión que, entre otros muchos extremos, afirma que la Resolución “ha deslocalizado su real objeto o causa de infracción”. El Sr. Torremocha se hace eco de la realidad de la operativa cuestionada, que analiza extensa y detalladamente y que es consecuencia de la implantación de un seguro obligatorio de nueva creación, cuya cobertura por las entidades aseguradoras sólo es posible con el concurso del reaseguro, lo que ha requerido una determinada actuación, dentro siempre de la más absoluta corrección. En este sentido, el texto del voto discrepante destaca que la Resolución ignora y hace abstracción de lo que son una compañía aseguradora y una compañía reaseguradora, de cuáles son sus interrelaciones, y de cómo y de qué manera confluyen en el aseguramiento. Asimismo, destaca importantes defectos procedimentales y sustantivos en el expediente y considera excesivo el importe de las sanciones, respecto de las que señala entre otros aspectos que, al estar en presencia de múltiples indefiniciones respecto a elementos tan importantes como los mercados afectados, el eventual beneficio obtenido, la falta de concreción de la distinta participación de cada una de las entidades, etc. la Resolución “no está capacitada para imponerles una sanción de hasta el 10% del volumen de ventas, sino tampoco de hasta la cifra cerrada de 901.518,16 euros”. Por último, hay que tener en cuenta que en la actualidad está en plena revisión por parte de la Comisión Europea la aplicación del Derecho de la Competencia al sector asegurador, precisamente por la necesidad de dotarlo de un marco normativo que ofrezca la necesaria seguridad jurídica para los distintos operadores del mismo y que evite resoluciones que, como la presente, pueden comprometer la viabilidad misma de un seguro que, por un lado es obligatorio y por el otro sería inasumible de asegurar por una sola compañía de forma responsable”. Esta Redacción ha contactado con otras entidades afectadas y en todos los casos se reconoce asimismo que se está estudiando el caso y que optarán por la vía del recurso, en todos los casos apoyándose en las argumentaciones del voto particular. Sanción “desproporcionada”, según UNESPA Fuentes de UNESPA califican la sanción impuesta a las compañías como “desproporcionada” en relación al peso que tiene el seguro Decenal y, según recoge Europa Press, se trata de una multa que “no responde a una investigación sectorial”. Además, señalan que la CNC no se ha dirigido a la asociación empresarial durante la tramitación del expediente sancionador.

AGACOSE y ACCA denuncian a 32 entidades financieras

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Enrique Magdalena, presidente de la Asociación Gallega de Corredores y Corredurías de Seguros (AGACOSE), y Miguel Ángel Cortés, presidente de la Asociación Catalana de Corredores y Corredurías de Seguros (ACCA), tienen previsto explicar, en una jornada de puertas abiertas organizada para el próximo jueves, y que se celebrará en Santiago de Compostela, en qué consisten las denuncias presentadas en el mes de julio por ambas asociaciones ante la Comisión Nacional de la Competencia, así como ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, contra 32 entidades financieras. Las denuncias cuentan con pruebas documentadas y con testigos que pueden dar fe de “la generalizada práctica de estas entidades de conceder precios más bajos en la contratación de préstamos a cambio de la contratación y permanencia de seguros del prestatario en empresas dependientes de ellas”. Otro de los temas que se abordará durante la jornada será el análisis objetivo: método de estandarización. La ponencia correrá a cargo del asesor jurídico de AGACOSE, Ignacio Pérez Amoedo, quien explicará la obligación, impuesta por la Ley de Mediación, de que corredores y corredurías de seguros lleven a cabo un análisis objetivo y las diferentes formas de entender cumplida esta obligación. La última intervención la realizará David Vilarrubias, Asesor T.I.C. (Tecnologías de Información y Comunicación) de CECOT, una de las Confederaciones de Empresarios de Cataluña, que hará una presentación sobre las certificaciones digitales y el considerable ahorro de costes con las comunicaciones electrónicas.

OJD

Directorio de Empresas de Seguros