Glosario elaborado por Rafael Isidro Aparicio, coautor del ‘Diccionario de Términos de Seguros, Reaseguros y Financieros’, de Francisco Mochón Morcillo, Rafael Isidro Aparicio y Gonzalo Fernández Isla, editado por McGraw-Hill.

Decenal

Según la LOE (Ley de Ordenación de la Vivienda) el seguro decenal es el que garantiza durante un periodo de diez años todos los daños producidos por vicios o defectos de la construcción, y que afectan de manera directa a la resistencia del edificio.
El promotor es el tomador del seguro y está obligado por ley a suscribir el seguro decenal. De igual forma, el propio promotor es el asegurado. Tras la venta de la vivienda sus compradores se convierten en los beneficiarios del seguro.
Como toda ley, la LOE necesita un tiempo de adaptación. En España, según el Organismo de Control Técnico para la edificación (Certum), un 30% de la viviendas que se están construyendo carecen del seguro decenal. Esto se debe a que en los meses previos a la puesta en marcha de la ley los promotores inmobiliarios aprovecharon para tramitar el mayor número de licencias posibles para futuras construcciones. Se dispararon las solicitudes de permisos de construcción en los colegios de arquitectos. Entre enero y febrero de 2000 el número de licencias concedidas aumentó un 13,4% y con muchas de ellas se construyen edificios en la actualidad.
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